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sábado, 3 de marzo de 2012

PERU : Ausencias en el reglamento de Ley de Consulta previa


Si bien una gran parte de los aportes de las organizaciones que representan a las comunidades indígenas se tomaron en cuenta para elaborar el proyecto del Reglamento de la Ley de Consulta Previa, no se logró un consenso en tres puntos que para ellos son vitales.

Uno de estos aspectos es el momento en que se realizará el proceso de consulta. En el artículo sexto del documento se precisa que será antes de aprobar la “medida administrativa” que faculte el inicio de la actividad o proyecto. La propuesta de las organizaciones que participaron en la elaboración del reglamento fue que el proceso se realice antes que se entregue la concesión.

Los  asesores de la Confederación Campesina del Perú, Lorenzo Ccapa y Pedro Castillo, indicaron que la consulta reduce los conflictos sociales, objetivo que será difícil de alcanzar si no se realiza la consulta con la debida anticipación .

Tampoco hubo consenso en el planteamiento para que en los artículos tercero y séptimo se reconozca a las comunidades campesinas y nativas como pueblos indígenas; y la definición de medida administrativa.

Otra ausencia es que no proceda la consulta cuando esté en riesgo la vida o la cultura, cuando haya desplazamiento de poblaciones o se almacenen desechos o material peligroso, entre otros puntos.

Clave

El viceministro de Interculturalidad, Iván La Negra, resaltó que el proyecto del reglamento de Ley de Consulta Previa contiene los aportes de todos los sectores involucrados, como las organizaciones que representan a las comunidades, las ong, el Ejecutivo y el sector privado.


Fuente: La República

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