El Poder Ejecutivo emitió hoy un decreto legislativo
que dicta una serie de medidas para regular la interdicción de la minería
ilegal en el país y establece disposiciones complementarias para el
ordenamiento de esta actividad.
En ese sentido, fija que la Policía Nacional del Perú
con el apoyo de las Fuerzas Armadas colaborarán con el Ministerio Público para
asegurar el cumplimiento de esta norma.
El dispositivo precisa que las actividades mineras que
se ejecuten sin la autorización de inicio o reinicio de una operación minera,
otorgada por el Ministerio de Energía y Minas, serán consideradas como
actividad minera ilegal.
Además, el decreto señala que los ministerios del
Interior, Producción, Transportes y Comunicaciones, así como las autoridades de
fiscalización respectivas, serán los encargados de controlar y supervisar la
distribución, transporte y comercialización, posesión y utilización de mercurio
o cianuro, utilizado en la minería ilegal.
La norma, publicada hoy en el boletín de Normas
Legales del diario oficial El Peruano, recalca que las acciones de interdicción
se iniciarán sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles o penales a
que hubiere lugar.
Indica que la titularidad sobre concesiones mineras,
así como la simple presentación del petitorio minero o la solicitud de
certificación ambiental u otras autorizaciones relacionadas a la actividad
minera, no autorizan el ejercicio de actividades de explotación o explotación.
Al respecto, prohíbe a la pequeña minería y minería
artesanal el uso de dragas y otros artefactos similares en todos los cursos de
agua, ríos, lagos, lagunas, cochas, espejos de agua, humedales y aguajales.
Asimismo, el uso de bienes, maquinarias, equipos e
insumos para el desarrollo de actividades mineras ilegales, como cargador
frontal, retroexcavadora, volquete, comprensoras y perforadoras neumáticas,
entre otros.
Además, se prohíbe la instalación y uso de chutes,
molinos y pozas de cianuración para el procesamiento mineral, motobombas y
otros equipos.
Para las acciones de interdicción, el Ministerio
Público, la Policía Nacional o el Ministerio de Defensa, solicitarán al
Ministerio de Energía y Minas o el Gobierno Regional, la relación detallada de
los titulares mineros que cuenten con la autorización respectiva y la relación
de maquinaria autorizada.
Las acciones de interdicción serán activadas por el
Ministerio Público y la PNP, adicionalmente, podrán solicitarlo los
procuradores públicos de los ministerios de Energía y Minas o del Ambiente, el
Procurador Público regional o de la respectiva municipalidad provincial o
distrital.
Además, se procederá con el decomiso de bienes,
maquinarias, equipos e insumos prohibidos; la destrucción o demolición de
bienes, maquinaria o equipos.
Dentro de la estrategia, se contempla impulsar un Plan
de Recuperación de Impactos Ambientales y también de Reforestación de ser el
caso.
Fuente: RPP Noticias
1 comentarios:
Hola,
Es muy interesante la información que comparten. Creo que es por culpa de la minería ilegal que toda esta actividad se ve satanizada por mucha gente en nuestro país.
Personalmente, creo que esta actividad llevada a cabo bajo el respeto a las normas y a la sociedad es muy provechosa para el futuro del país. Los invito a visitar mi blog sobre minería donde comparto información de interés sobre esta actividad: http://mineria-al-dia.blogspot.com/
Saludos!
Andrés Sánchez Alayo
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