El lunes 20 de febrero, a partir
de las 10:30 de la mañana, las organizaciones nacionales indígenas y campesinas
del Pacto de Unidad, brindarán una conferencia de prensa en la que anunciarán
las medidas legales a adoptar frente al proceso de consulta. La cita es en
Mariscal Miller 932, Jesús María.
Como es conocido la Confederación
Nacional Agraria (CNA), la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva
Peruana (Aidesep), la Confederación de Comunidades Afectadas por la Minería
(Conacami) y la Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas
(ONAMIAP) dieron un plazo de treinta días para modificar la Ley de Consulta N°
29785.
Mientras esperan una respuesta
del Ejecutivo, las organizaciones integrantes del Pacto de Unidad, indican que
realizarán acciones legales a nivel e internacional a fin de lograr una ley de
consulta acorde con el Convenio 169 de la Organización Internacional del
Trabajo (OIT).
A nivel nacional presentarán una
demanda de inconstitucionalidad y a nivel internacional acudirán a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para solicitar una medida cautelar.
Las citadas organizaciones
efectuaron un balance crítico del proceso de talleres macro regionales y denunciaron
la negativa del gobierno de escuchar las demandas de los pueblos indígenas para
consensuar la Ley de Consulta y su respectivo reglamento.
Ellas insistirán en que el Estado
modifique la Ley de Consulta y elabore un reglamento debidamente consultado y
adecuado al Convenio 169 de la OIT y los estándares internacionales.
En la reunión estarán presentes
Gladis Vila, presidenta de ONAMIAP; Antolín Huáscar, presidente de la CNA;
Magdiel Carrión, presidente de CONACAMI y Alberto Pizango, presidente de la
AIDESEP.
El proyecto de Reglamento ha sido
cuestionado no solo por las organizaciones indígenas mencionadas y sus
federaciones regionales, sino además por varios especialistas en derechos
indígenas que han advertido su carácter minimalista y poco garantista en
derechos.
Por ejemplo, se menciona en una
de las disposiciones complementarias que la consulta es independiente y
complementaria del acuerdo previo al que pueden llegar una empresa privada con
la comunidad, en cumplimiento a la Ley 26505 de promoción de la inversión
privada en comunidades campesinas y nativas.
Ello permitiría que las mineras
opten por negociar directamente con las comunidades sin que intervenga el
Estado, a costa de su derecho a ser consultados sobre las medidas legislativas
o administrativas en sus territorios.
Otro aspecto cuestionable del
borrador de Reglamento es que no considera el derecho de los pueblos indígenas
a su consentimiento previo, libre e informado, que está amparado en la
Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas y en
la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Para el proyecto del
viceministerio, la decisión final para toda aprobación de cualquier medida
legislativa o administrativa recae en la entidad estatal competente. Con ello,
se restringe el derecho indígena al consentimiento. (Ver Principios mínimos y
casos en los que el Estado tiene la obligación de obtener el consentimiento
indígena, Pacto de Unidad)
Antolín Huáscar, presidente de
CNA, advirtió que el Gobierno está actuando de mala fe y que no tiene sentido
que se haga una consulta cuando la decisión siempre la tomará el Gobierno. Si
esto es así, agregó, es un peligro para los pueblos indígenas.
Fuente: Servindi
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