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lunes, 3 de octubre de 2011

PERU : Reglamentación de Ley de Consulta Previa permitirá prevenir conflictos sociales, señalan

Lima, (ANDINA). La reglamentación de la Ley de Consulta Previa permitirá contar con un instrumento preventivo para evitar conflictos y polarizaciones sociales en el Perú, señaló hoy el director del Centro de Estudios Constitucionales Plural de Colombia, Armando Novoa García.
 El miércoles último, se instaló la comisión técnica encargada de apoyar la Reglamentación de la Ley de Consulta Previa, integrada por representantes de organizaciones nativas, el gobierno, y el sector minero, con un plazo de 90 días para su trabajo.
“Esa reglamentación no se puede hacer al margen de la filosofía de la Ley de Consulta Previa; es decir, debe tener en cuenta la opinión de las propias comunidades”, dijo Novoa.
La Ley de Consulta Previa, aprobada por unanimidad en el Congreso el pasado 23 de agosto, consagra el derecho de los pueblos originarios de ser consultados respecto a cualquier proyecto o iniciativa que pueda tener impacto sobre sus territorios.
Novoa García, refirió que para una efectiva aplicación de la referida ley, ésta debe darse en un marco de una fuerte institucionalidad democrática, donde las autoridades administrativas conozcan cuál es su rol en la aplicación de la norma.
La reglamentación debe asegurar que la aplicación no sea un “simple trámite o procedimiento administrativo”, sino que esté dirigida a garantizar el respeto de los derechos culturales, ancestrales y soberanía del territorio de las comunidades, dijo Novoa.
También refirió que cuando la reglamentación de la norma tenga “vacíos o ambigüedades” aconsejó que la normatividad y doctrina de los organismos internacionales debería primar en la resolución de los conflictos.
Por ejemplo, citó la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y los pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El último reporte de la Defensoría del Pueblo sobre el Estado de los Conflictos Sociales (agosto 2011), refiere la existencia de 214 conflictos, de los cuales 141 (66%) están presentes, hay 73 latentes (34%); y del total, el 55.6% (119 casos) son de carácter socioambiental.
El jurista colombiano se encuentra en el Perú invitado por Idea Internacional y el despacho de los congresistas Marisol Pérez Tello y Eduardo Nayap, para exponer la experiencia colombiana en un encuentro parlamentario sobre la Consulta Previa con Pueblos Indígenas, este lunes 3 de octubre en la Sala Bolognesi del Congreso.
Refirió que Colombia no tiene una ley que reglamente el derecho a la consulta previa, y su aplicación se ha dado principalmente a través de las resoluciones judiciales, a solicitud de las comunidades nativas afectadas por las actividades económicas extractivas en sus territorios.

Fuente : Andina

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