
Con la presentación de este recurso, el procesose eleva a la
Sala Constitucional Permanente de la Corte Suprema y una nueva resolución
podría tardar hasta diez meses.
La Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Lima declaró
nulos, insubsistentes y sin efecto legal los decretos supremos número 050 y
006, que propiciaron la renegociación y modificación del contrato del lote 88.
De este modo se entrampa nuevamente las negociaciones para
la recuperación del Lote 88 que aseguraría que esas reservas sean destinadas al
consumo interno.
Fuente : Los Andes
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